6 de junio de 2020
SANEAMIENTO

Por medio de la Resolución 0288 de 2020 se modificaron los artículos 1 y 3 y se subrogó el anexo de la Resolución 1067 del 24 de diciembre de 2015, en lo relacionado con los lineamientos para la formulación de metas de cobertura, calidad, continuidad y aseguramiento en el acceso a agua potable y saneamiento básico.

Sobre el particular, por medio de esta Resolución, se dieron lineamientos sobre metas de cobertura, calidad, continuidad y aseguramiento en el acceso de agua potable básica y saneamiento básico y adicionalmente se estableció un proceso de planificación que deben seguir los entes territoriales. Sobre este último punto el Ministerio de Vivienda, señaló que se deben seguir unos pasos en la formulación de metas en el sector de agua potable y saneamiento básico que deben incluir: i) un diagnóstico, ii) formular las metas e identificar los proyectos susceptibles de ser financiados durante este período de gobiernos locales, al efecto, se señaló que es aconsejable que la entidad territorial cuente con un banco  de  necesidades  en  el  cual  se  establezcan  las  deficiencias  en el  acceso  agua potable y  saneamiento básico y  las  acciones  encaminadas  a  mejorar  estas limitaciones iii) identificar fuentes disponibles de recursos iv) Formular estrategias y v)  Formular metas, proyectos e inversiones.

Ver texto completo de la Resolución 288 de 2020
 

Para mayor información contacte a nuestro equipo
Compartir estas noticia