Boletín Real time | 17 de junio 2022

 Suspensión provisional de los efectos del POT de Bogotá

Suspensión provisional de los efectos del POT de Bogotá

Mediante decisión del Juez Quinto Administrativo Oral del Circuito de Bogotá se ordenó la suspensión provisional de los efectos del Decreto Distrital 555 de 2021 "por el cual se adopta la revisión general del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá D.C.", expedido por la Alcaldesa Mayor, con fundamento en una posible violación del procedimiento para su trámite en el Concejo de Bogotá, en particular, en relación con el término de 90 días para su discusión y aprobación.

Según el demandante, el acto de expedición del POT fue contrario a lo establecido por la ley, debido a que el Consejo de Bogotá disponía de un término de 90 días para pronunciarse sobre el proyecto, y el mismo no fue contabilizado de forma correcta, al no haber tenido en cuenta que debía suspenderse hasta la resolución de los impedimentos y recusaciones que se presentaron. 

De acuerdo con el Juez del caso, preliminarmente, se evidenció que existen razones para considerar vulnerado la ley, por cuanto el procedimiento para los impedimentos y recusaciones está reglado, y su trámite implica la suspensión de términos.

Con la suspensión de los efectos del Decreto Distrital 555 de 2021 y mientras se adopta una decisión de fondo, el Decreto 190 de 2004 recobra plena vigencia. Finalmente, es importante advertir que la Alcaldía Mayor de Bogotá puede apelar la decisión adoptada por el Juez. 

 

AUTO INTERLOCUTORIO

 


 

Se modifican normas sobre investigación de accidentes de aviación

Se modifican normas sobre investigación de accidentes de aviación

El Ministerio de Transporte expidió decreto mediante el cual se introducen disposiciones generales relacionadas con la investigación de accidentes e incidentes de aviación, seguridad operacional y seguridad de la aviación civil, a cargo de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, que cumplirá su función a través del Grupo de Investigación de Accidentes.

La norma establece como objetivo de las investigaciones de accidentes la determinación de “[…] sus circunstancias y causas probables, con miras a la adopción de las medidas tendientes a la prevención de futuros accidentes e incidentes y no la determinación de culpa ni responsabilidad”. 

Entre las modificaciones incorporadas se encuentran las referidas a: las facultades de los investigadores de accidentes o incidentes de aviación para recibir declaraciones a los testigos; la limitación a la divulgación de registros para fines que no sean la investigación; la potestad de la autoridad aeronáutica de suspender, cancelar, o restringir documentos de aviación; y la posibilidad, para los inspectores de aviación civil de la autoridad aeronáutica, de inspeccionar la documentación de aviación y de impedir el ejercicio de los privilegios o atribuciones emergentes de un permiso o licencia, o el vuelo de una aeronave, por motivos de seguridad.

El decreto empezó a regir a partir de su publicación y adiciona un capítulo al Decreto 1079 de 2015, Único Reglamentario del Sector Transporte.

 

Decreto 997 de 2022

 


 

Este es el Plan Decenal de Salud y Protección Social Pública 2022-2031

Este es el Plan Decenal de Salud y Protección Social Pública 2022-2031

A través de la Resolución 1035 de 2022, expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social, (en adelante, “Minsalud”), se estableció el Plan de Salud Pública para los siguientes 10 años, que incluye disposiciones diferenciales para los pueblos y comunidades indígenas, la población víctima de conflicto armado, el Pueblo Rrom y la población negra, afrocolombiana, raizal y palenquera.

La implementación del plan y la contribución al desarrollo de los objetivos, estrategias, metas y demás aspectos señalados corresponderá a los agentes que conforman el Sistema General de Seguridad Social en Salud y de Protección Social, en particular a las entidades territoriales, las entidades promotoras de salud y entidades adaptadas, las instituciones prestadoras de servicios de salud, en coordinación con los demás actores y sectores que ejerzan acciones y funciones relacionadas con los determinantes sociales de la salud.

Para la implementación se establecieron cinco etapas: (i) aprestamiento o preparación para la implementación, (ii) inicio de la implementación operativa, (iii) implementación propiamente dicha, (iv) evaluación del proceso de implementación y (v) ajustes al proceso de implementación.

Esta norma empieza a regir a partir de su publicación y deroga la Resolución 1841 de 2013 y sus modificaciones, y el seguimiento y la evaluación del plan corresponderá al Minsalud y a las entidades territoriales en sus respectivas jurisdicciones. 

 

Resolución 1035 de 2022

 


 

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