Boletín Real time | 15 de junio 2022

 Esta es la ley de digitalización de la Justicia

Esta es la ley de digitalización de la Justicia

El Presidente de la República sancionó la ley por medio de la cual “se establece la vigencia permanente del Decreto Legislativo 806 de 2020 y se adoptan medidas para implementar las tecnologías de la información y las comunicaciones en las actuaciones judiciales, agilizar los procesos judiciales y flexibilizar la atención a los usuarios del servicio de justicia”.

Las disposiciones aprobadas son aplicables a las actuaciones judiciales y a los trámites de los procesos judiciales ante la jurisdicción ordinaria en las especialidades civil, laboral, familia, jurisdicción de lo contencioso administrativo, jurisdicción constitucional y disciplinaria, así como las actuaciones de las autoridades administrativas que ejerzan funciones jurisdiccionales y en los procesos arbitrales. Para la jurisdicción penal ordinaria y militar, la decisión sobre el uso de tecnologías de la información y las comunicaciones corresponderá, de forma autónoma, al Juez o Magistrado a cargo del respectivo proceso o actuación procesal.

Como garantía del derecho a la igualdad, en particular de las personas en condición de vulnerabilidad o ubicadas en sitios sin conectividad, el acceso a la justicia a través de medios tecnológicos e informáticos se deberá llevar a cabo cuando los sujetos procesales y las autoridades judiciales dispongan de los mismos.

Entre las disposiciones aprobadas se encuentran las encaminadas a regular el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, deberes especiales de los sujetos procesales, expedientes, poderes, demandas, audiencias, notificaciones personales, notificaciones por estado y traslado, comunicaciones, oficios y despachos, y apelaciones. Igualmente, se estableció un deber a cargo de la Rama Judicial de incorporar un capítulo especial sobre la implementación de esta ley en el informe anual que debe rendir al Congreso de la República. 

La norma empieza a regir a partir de su promulgación. 

 

Ley 2213 de 2022

 


 

Este es el CONPES para el impulso de la transición energética

 

Este es el CONPES para el impulso de la transición energética

El Departamento Nacional de Planeación (DNP) expidió el documento CONPES 4088 de 2022, a través del cual se declara la importancia estratégica de proyectos de inversión para la implementación de acciones que conduzcan al desarrollo bajo en carbono y resistente al clima, que deberá ejecutarse en el período comprendido entre los años 2022 y 2025.

Este CONPES es concordante con el documento CONPES 4075, cuyo propósito es impulsar el proceso de transición energética y fijar acciones concretas para la constitución de una política pública en la materia ejecutable en el país hasta el año 2028. 

Dentro de los objetivos específicos trazados en este documentos se encuentra: (i) Desarrollar acciones para la conservación y uso sostenible de ecosistemas para la reducción de los gases provocados por el efecto invernadero; (ii) Fortalecer las capacidades técnicas que permitan obtener información hidrológica y meteorológica para la gestión del cambio climático; (iii) Promocionar el desarrollo agropecuario y forestal bajo en carbono y; (iv) Fortalecer los procesos técnicos y financieros del sector industrial manufacturero, para la reducción de los gases de efecto invernadero.

Finalmente, a través de este CONPES se autorizó al Gobierno Nacional para contratar un empréstito para el financiamiento del programa de apoyo al cumplimiento de las metas del país en materia de cambio climático.

 

Documento CONPES 4088 de 2022

 


 

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