Aduanas y Comercio Internacional
Usuarios Industriales de Servicios en Zona Franca.
La DIAN reitera que los servicios ofrecidos por el usuario industrial de servicios se deberán prestar sin desplazamiento físico fuera de la Zona Franca Permanente. Las actividades de comercialización y mercadeo no están autorizados para dichos usuarios.
Los intermediarios de tráfico postal y envíos urgentes deberán cumplir las normas sobre conocimiento del cliente aunque presten servicios habituales u ocasionales o en forma masiva
La DIAN no es competente para pronunciarse sobre la falsedad de sellos y firmas.
Concepto 877 (53326) de 11/27/2014.
Sociedades de comercialización internacional deben reportar operaciones sospechosas.
Responsabilidad de las Agencias de Aduanas.
Para la DIAN, la responsabilidad ante la autoridad aduanera por parte de la agencia de aduanas se deriva de sus intervenciones con motivo de sus actividades, salvo que se demuestre que no realizó ninguna conducta constitutiva de infracción, obviamente no le es imputable conducta sancionatoria alguna por actividades o conductas fraudulentas que a su nombre realicen terceros.
La DIAN reitera que los pagos o abonos en cuenta a favor de personas, que se encuentren constituidas, localizadas o en funcionamiento en paraísos fiscales, son constitutivos de costo o deducción cuando se documente y demuestre el detalle de las funciones realizadas, activos empleados, riesgos asumidos y la totalidad de los costos y gastos incurridos para la realización de las actividades que generaron los mencionados pagos, siempre que se haya efectuado la retención en la fuente, cuando exista la obligación de realizarla.
Resuelve el recurso de reconsideración presentado por el Gobierno del Perú contra la Resolución N° 1721 de la Secretaría General.
Concepto 57114 (100208221 1043) de 2014-10-03.
Las mercancías provenientes de una zona de régimen aduanero especial tendrán un tratamiento tributario.
Expediente 76001233100020060209701 DE 2014.
El otorgamiento del levante de la mercancía no excluye el ejercicio de las facultades de fiscalización y control por parte de la autoridad aduanera.
Decreto 2593 del 15 de diciembre de 2014.
Por medio del cual se dictan medidas para fomentar los sectores de Línea Blanca, Línea Marrón, pequeños electrodomésticos y autopartes.
Medidas preventivas en operaciones de cargue, descargue, transbordos, aligeramientos y deslastrado en puertos y terminales costa afuera.
Solicitud de clasificación arancelaria.
La DIAN emite Resolución por medio de la cual se modifica la presentación, requisitos, estudio y trámite de la solicitud de clasificación arancelaria.
Proyecto de decreto de modificación al Arancel de Aduanas.
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo presenta proyecto de decreto por medio del cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas, actualizando la nomenclatura NANDINA en algunos textos de subpartida y notas complementarias de capítulo.
Operaciones con la República de Panamá.
La DIAN señala que en la actualidad las operaciones que se realicen con la República de Panamá no se encuentran sometidas a las reglas especiales para controlar operaciones que se realicen con Paraísos Fiscales y por tanto sobre ellas no se predican los efectos de la declaratoria de una jurisdicción como Paraíso Fiscal.
Pl 202/14 Cámara - Pl 200/14 Senado.
Por medio de la cual se aprueba el “acuerdo marco de la Alianza del Pacifico” suscrito en Paranal Antofagasta, República de Chile, el 6 de junio de 2012.
Concepto 57088 (100208221 1028) de 2014-10-03.
La introducción a zona franca de bienes procedentes de otros países por parte de los usuarios no se considera importación.
La DIAN indicó que los Usuarios Aduaneros Permanentes podrán compensar con saldos a favor en las declaraciones tributarias la compensación para el pago de las obligaciones aduaneras.
Proyecto de decreto del 20-12-2014.
Por el cual se modifica el Decreto 2685 de 1999. Aduanas - Comercio Exterior - Uso de Depósitos Públicos de Apoyo Logístico Internacional por Empresas sin Representación en Colombia - Proyecto de Modificación del Artículo 43-1 del Decreto 2685 de 1999.
Proyecto de decreto del 24-12-2014.
Por el cual se modifica y adiciona parcialmente el Decreto 2685 de 1999. Aduanas - Comercio Exterior - Modificaciones al Régimen Sancionatorio Aduanero - Infracciones y Sanciones a Personas que se dedican profesionalmente a actividades de Comercio Exterior que deben reportar operaciones sospechosas y transacciones individuales en efectivo a la UIAF.
El director general de la DIAN es competente para conceder la exención del pago de derechos arancelarios en la importación de maquinaria, equipos, maquinaria e insumos destinados a los proyectos de Fuentes No Convencionales de Energía FNCE.
Los materiales de construcción o de adecuación de la infraestructura de la Zona Franca que se vendan desde el resto del Territorio Aduanero Nacional a un usuario industrial de Zona Franca Permanente Especial pueden ser objeto de exención de IVA.
Resolución número 0004430 de 2014.
Se amplían los plazos determinados en el artículo 15 de la resolución 3157 de 2014 por la cual se dictan medidas para el registro y movilización o tránsito de la maquinaria destinada a la explotación minera.
Sentencia 76001233100090086801, 9/18/2014.
La conciliación no es requisito de procedibilidad para definir la situación jurídica de las mercancías.
Concepto 14667 (100202208 1485) de 2014-12-03.
La exención tributaria a los usuarios de Zona Franca es procedente cuando se introduzcan insumos necesarios para el desarrollo de su actividad.
Concepto 56186 (100208221 1015) de 2014-09-26.
La movilización de mercancía de importación temporal mediante transporte marítimo se acredita con el contrato celebrado y la declaración.
Concepto 57083 (100208221 1027) de 2014-10-03.
Las mercancías con sujeción a tributos de transformación que no sean dispuestas para esto, se podrá modificar a modalidad de importación ordinaria.
La DIAN aclaró temas relacionados con los compromisos de exportación por parte del titular del Plan Vallejo.
El reaprovisionamiento de gasolina para aeronaves en tráfico internacional se considera una exportación.
Materiales de construcción de la Zona Franca estarán exentos de IVA, si son necesarios para desarrollar el objeto social.