El 29 de mayo de 2020, la SSPD expidió Resolución No.20201000017585, por medio de la cual tomó distintas medidas en relación con la prórroga de la suspensión de términos, derogación de una resolución y reanudación de términos. En esa medida, se prorrogó la suspensión de términos para las actuaciones disciplinarias que cursan en la Oficina de Control Disciplinario interno de la SSPD. Adicionalmente se suspendió la atención al público de manera presencial en todas las sedes y puntos de atención de la SSPD hasta el 30 de junio de 2020, sin embargo, se anunció que se dispondrán todos los canales virtuales habilitados para recibir solicitudes ciudadanas.
Por otra parte, la SSPD dispuso que se reanudarán todos los términos procesales relacionados con la publicidad de los actos emitidos en el marco de actuaciones administrativas que cursan en la Dirección General Territorial y en las Direcciones Territoriales de la SSPD en los que no haya dirección electrónica en el expediente desde el 1 de junio de 2020.