El Ministerio de Salud y Protección Social profirió la Resolución 904, a través de la cual adopta el protocolo de bioseguridad para la prevención del COVID-19 en el sector portuario, específicamente para el transporte de carga.
Este protocolo es complementario al protocolo general de bioseguridad adoptado mediante la Resolución 666 de 2020, y a las demás medidas necesarias para las sociedades portuarias marítimas, fluviales, operadores portuarios y empresas de transporte marítimo y fluvial nacionales crean necesarias.
La vigilancia del cumplimiento de este protocolo está a cargo de la secretaría o entidad municipal o distrital que corresponda a esta actividad económica en donde funcione cada puerto. Lo anterior, sin perjuicio de la vigilancia que sobre el cumplimiento de las obligaciones de los empleadores realice el Ministerio del Trabajo ni de las competencias de otras autoridades.