Inconstitucionalidad multas

La Sala Plena de la Corte Constitucional, mediante Sentencia C-080 de 2023 resolvió una demanda de inconstitucionalidad en contra de los artículos de la Ley 2195 de 2022 que modificaban la imposición de multas por la violación de cualquiera de las disposiciones sobre protección de la competencia y beneficios por colaboración de la Ley 1340 de 2009.

 

La Sala decidió que, dado que no se realizó el trámite correspondiente de los debates en el Congreso de la República, los artículos en cuestión deben ser excluidos y por ende no deben ser aplicados. Como consecuencia de lo anterior, fueron reincorporadas las multas que regían anteriormente, es decir los artículos 25 y 26 de la Ley 1340 de 2009.

 

Esto quiere decir que, las multas máximas que la Ley 2195 de 2022 permitía imponer multas de hasta el 20% de los ingresos operacionales, el 20% del valor del patrimonio de las empresas, el 30% del valor del contrato estatal en caso de colusión en licitaciones, o hasta el 300% de las utilizades derivados de la conducta quedan sin efecto, y como resultado los únicos criterios vigentes para las multas máximas son de hasta  100.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes o el 150% de utilidades derivado de la conducta para personas jurídicas y, para personas naturales de hasta 2.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

 

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