En línea con el Green Deal asumido por la Unión Europea en los últimos años, el pasado 10 de noviembre, el Parlamento Europeo aprueba la nueva directiva sobre informe de sostenibilidad corporativa (CSRD, por su sigla en inglés).
La directiva prevé un cambio drástico en el contenido de los informes que tienen que presentar las empresas: el contenido de la memoria se reportará de acuerdo a los nuevos estándares sobre información de sostenibilidad que está elaborando el Grupo Asesor Europeo de Información Financiera (EFRAG, por su sigla en inglés). Los nuevos estándares, cuya aprobación está prevista para junio de 2023, abarcan todos los ejes ASG: temas ambientales, sociales y de gobernanza.
Las principales novedades de la nueva Directiva son:
- Aumenta el alcance de su aplicación: más son las empresas que, directamente o indirectamente, verán el efecto de la directiva.
- Garantiza la imparcialidad super partes a través de la ejecución de las auditorias por entidades independientes.
- Prevé la doble materialidad (de impacto y financiera): deben incluir información sobre intangibles de acuerdo con el reglamento de Taxonomía de la UE y el Reglamento de Finanzas Sostenibles y, además, añadir una prospectiva que incluya objetivos y progresos.
- Denomina el informe “Información sobre sostenibilidad” en vez de “Estado de información no financiera”, como hasta ahora se identificaba a este reportea.
- La empresa deberá indicar también cómo ha identificado la información que comunica en el reporte.
- Ventanilla única: la Comisión Europea facilitará una plataforma digital de acceso a la información financiera y de sostenibilidad pública de las empresas en toda la Unión Europea o “ventanilla única”. Se presentará en formato electrónico (XHTML) para que las empresas compartan la información.
Así que, por primera vez, las empresas tendrán que presentar un detallado reporte sobre los temas ASG: aspectos ambientales (políticas, sistemas de gestión y resultados sobre cambio climático, contaminación, agua y recursos marinos, biodiversidad y ecosistemas, consumo de recursos y economía circular), aspectos sociales (políticas, sistemas de gestión y resultados sobre las personas de la compañía; trabajadores en la cadena de valor (outsourcing); comunidades afectadas; clientes y usuarios finales) y aspectos de gobernanza (políticas y cultura corporativa, prevención y detección de corrupción o soborno, influencia política, prácticas de cabildeo o presión (lobby, en inglés), prácticas de pagos).
¿A cuáles empresas se aplica la nueva Directiva?
- A todas las grandes empresas, coticen o no en los mercados de valores.
- A las empresas no comunitarias, pero con un volumen de negocios superior a 150 M de euros en la UE.
- A las pymes que cotizan en bolsa.
- Las pymes que no cotiza en bolsa y las microempresas se verán afectadas en tanto en cuanto las grandes empresas deberán informar sobre sus prácticas e impactos en toda la cadena de valor lo que inevitablemente les repercutirá.
- Una filial con categoría de pyme debe publicar el informe de gestión de la empresa matriz haciendo referencia a que está exenta de presentar información sobre sostenibilidad. Exención que también aplica a empresas de terceros países que informan de acuerdo con los requisitos de la directiva o equivalente a las normas de la Unión Europea.
Las reglas comenzarán a aplicarse entre el 2024 y el 2028, según la tipología y el tamaño de la empresa, más especificadamente:
- El 1 de enero de 2024 para grandes empresas de interés público (más de 500 empleados) ya sujetas a la directiva sobre información no financiera. Deberán entregar sus informes en 2025.
- El 1 de enero de 2025 para las grandes compañías no sujetas a la directiva sobre información no financiera (más de 250 empleados y/o una facturación de 40 M de euros y/o 20 M en activos totales). Deberán entregar sus informes en 2026.
- El 1 de enero de 2026 para las pymes cotizadas y otras empresas, que deberán entregar sus informes en 2027.
- Las pymes podrán retrasarlo hasta 2028.