8 de junio de 2020
Acueducto

Aplica para las personas prestadoras de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo que se encuentren en el ámbito de aplicación de las resoluciones CRA 911 de 2020, CRA 915 de 2020, modificada por la Resolución CRA 918 de 2020 y CRA 916 de 2020.

Pretende resolver las inquietudes sobre la prestación de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo sobre las siguientes resoluciones, a saber:

  • Resolución CRA 911 de 2020:

o    Se establecieron medidas regulatorias transitorias para el sector de agua potable y saneamiento básico, derivadas de la emergencia declarada por el Gobierno Nacional a causa del COVID-19.
   Estas medidas serán aplicadas por el término de la declaratoria de la emergencia sanitaria causada por el Coronavirus COVID-19, declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social mediante la Resolución 385 de 12 de marzo de 2020, prorrogada por la Resolución 844 de 26 de mayo de 2020.
       En consecuencia, todas las medidas establecidas en esta resolución se entenderán prorrogadas hasta el término establecido mediante Resolución 844 de 2020 o de aquellas que la modifiquen o sustituyan. 

  • Resolución CRA 915 de 2020

o    Modificada por la Resolución CRA 918 de 2020.
o    Establece las medidas regulatorias transitorias para el pago diferido de las facturas de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado y del servicio público de aseo, en el marco de la emergencia declarada por el COVID 19.
o    Estas medidas deben entenderse como un desarrollo regulatorio de las disposiciones establecidas en los Decretos Legislativos 528 y 580 de 2020. 
o    Por lo tanto, cualquier mención que se haga con respecto a la Emergencia Económica, Social y Ecológica, debe entenderse como la emergencia declarada por el Decreto 417 de 2020. Mientras que toda referencia sobre la emergencia sanitaria debe entenderse como la emergencia sanitara declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, a través de la Resolución 385 de 2020, prorrogada y modificada por la Resolución 844 de 2020, o aquella que las modifique, adicione o sustituya.

  • Resolución CRA 916 de 2020:

o    Modifica el parágrafo 4 del artículo 38 de la Resolución CRA 720 de 2015, el cual a su vez había sido modificado por el artículo 1 de la Resolución CRA 912 de 2020, estableciendo que por causa de la emergencia sanitaria declarada mediante la Resolución 385 de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social o aquella que la modifique, adicione o sustituya, el factor de productividad no será aplicable desde la entrada en vigencia de la Resolución CRA 912 de 2020, sino a partir del período de facturación siguiente a la finalización de la emergencia sanitaria.
   Teniendo en cuenta que la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social fue prorrogada hasta el 31 de agosto de 2020, esta es la fecha que se debe tener en cuenta para efectos de lo establecido en el artículo 1 de esta resolución.

Ver texto completo Circular 10 de 2020
 

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