Boletín Real time | 24 de junio 2022

 Extensión hasta el 2023 de la vigencia de normas excepcionales sobre la capacidad financiera y organizacional de los proponentes

Extensión hasta el 2023 de la vigencia de normas excepcionales sobre la capacidad financiera y organizacional de los proponentes

A través del Decreto 1041 de 2022, expedido por el Departamento Nacional de Planeación, se extendió la vigencia hasta el año 2023 de las disposiciones excepcionales relacionadas con la capacidad financiera y organizacional de los proponentes, necesaria para la verificación de cumplimiento como requisito habilitante para la participación en los procesos de selección. 

La medida, cuya finalidad última era la reactivación económica luego de la pandemia del Covid-19, permitía la inscripción en el Registro Único de Proponentes (“RUP”) de la información financiera y organizacional de los oferentes correspondientes a los últimos tres (3) años, y no solo del último, lo cual aplicaría para las inscripciones y renovaciones que se realizaran durante los años 2021 y 2022.

Con este decreto se extiende hasta el año 2023 la facultad para inscribir en el RUP la información financiera y organizacional de los oferentes correspondiente a los últimos tres (3) años fiscales anteriores a la inscripción, renovación o actualización del RUP. Adicionalmente, es importante señalar que, en los eventos en los que el proponente no tenga la antigüedad suficiente para aportar la información financiera correspondiente a los tres (3) años, podrá acreditar dicha información desde su primer cierre fiscal.

El presente Decreto rige a partir de su publicación, adiciona el Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional.

 

Decreto 1041 de 2022

 


 

Lista reglamentación de los beneficios tributarios y aduaneros de la Copa América Femenina 2022

 

Lista reglamentación de los beneficios tributarios y aduaneros de la Copa América Femenina 2022

Mediante decreto expedido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se reglamentaron los beneficios otorgados por la Ley 2176 de 2021, relacionados con los impuestos nacionales y tributos aduaneros establecidos con ocasión de la Copa América Femenina 2022 y se unifican procedimientos de devolución del IVA de algunas competencias deportivas.

La norma establece el contenido del certificado que servirá para acreditar la calidad de beneficiario de la exoneración del impuesto sobre la renta y complementario de ganancias ocasionales, impuesto sobre las ventas -IVA, el gravamen a los movimientos financieros -GMF y la no aplicación de la retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta y complementario de ganancias ocasionales. 

Igualmente, a través de este decreto se armoniza y unifica el procedimiento aplicable a la devolución del impuesto sobre las ventas - IVA en el marco de las competencias deportivas a que se refieren las Leyes 2154 de 2021 y 2176, es decir: I Juegos Panamericanos Junior Cali 2021, V Juegos Parapanamericanos Juveniles Bogotá 2022, XIX Juegos Deportivos Bolivarianos Valledupar 2022, el XIX Campeonato Mundial de Atletismo Sub 20 de Cali 2022 y la Copa América Femenina 2022. De otro lado, se adiciona un capítulo al Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, para reglamentar la aplicación de los beneficios tributarios establecidos por la Ley 2176 de 2021.

El decreto empezó a regir a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria.

 

Decreto 1035 de 2022

 


 

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