Consejo de Estado protege el aprovechamiento racional de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible
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El Consejo de Estado publicó una sentencia en la que estudio una acción popular que demandaba al Ministerio de Minas y Energía y a la Agencia Nacional de Minería, con el fin de obtener la protección de los derechos colectivos previstos en los literales a), b), c), e) y g) del artículo 4º de la Ley 472, cuya vulneración atribuyó a: (i) los problemas de desarticulación institucional de los sectores minero y ambiental; (ii) al déficit de información y de ordenamiento minero-ambiental del territorio colombiano; (iii) a las debilidades del modelo de control y fiscalización de los títulos, y (iv) al desconocimiento del derecho a la consulta previa.
La alta corte indicó que así se reciban propuestas de titulación minera, esto no conlleva a que se autorice el desarrollo de actividades extractivas, por lo que evidencian que si existe una amenaza o afectación ante los derechos colectivos al goce de un ambiente sano, a la existencia del equilibrio ecológico, al manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales, a la conservación de las especies animales y vegetales, a la protección de áreas de especial importancia ecológica y a la defensa del patrimonio público.
Normativa
Nuevamente modificaron el cronograma de comercialización de gas natural año 2022
CREG
La Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG mediante la Circular 82 de 2022 publicó un nuevo alcance al cronograma de comercialización de gas natural año 2022, información de interés para los agentes del mercado de gas natural, específicamente actividades desde el 6 de septiembre al 10 de octubre.
Nuevamente modificada Declaración de Producción de Gas Natural para el período 2022 - 2031
Minenergia Ver documento
El Ministerio de Minas y Energía nuevamente modificó la Declaración de Producción de Gas Natural para el período 2022 – 2031, la cual se había plasmado en la Resolución 841 de 2022, en especial para la empresa PETROSANTANDER COLOMBIA GMBH en los campos: Corazón, Corazón 9, Corazón West, La Salina y Payoa como consecuencia de la revisión de los pronósticos del potencial de producción de los campos, así como la revisión de los compromisos para la compraventa de gas con Ecopetrol.
Jurisprudencia
Consejo de Estado se pronuncia sobre suplica que buscaba suspender requisitos ambientales en proyectos de Fracking
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El Consejo de Estado se pronunció sobre un recurso de súplica contra el auto que negaba la suspensión provisional contra un artículo del Decreto 329 del 2020, que imponía requisito de licencia ambiental para los proyectos pilotos de investigación integral del Fracking. Pues, según el accionante, el Ministerio de Energía carecía de competencia pare definir dicho proyecto.
Sin embargo, el Consejo de Estado mantuvo la decisión de no suspender los requisitos, negando el recurso. Pues, dichos asuntos son competencia del Ministerio de Energia y del Ambiente, y dicho decreto lleva la firma de ambos ministerios.
Sentencia revoca la suspensión provisional del nuevo P.O.T. de Bogotá
Tribunal Administrativo de Cundinamarca Ver documento
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca emitió sentencia donde denegó la medida cautelar correspondiente a la suspensión del nuevo Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá D.C., proferido por la Alcaldesa Mayor. Dicha medida, se había interpuesto en el proceso concerniente a una demanda que planteaba la contrariedad del acto a lo establecido por la ley. Es así que el Consejo de Bogotá contaba con un término 90 días para pronunciarse sobre el proyecto, sin embargo, el distrito no tuvo en cuenta la contabilización del término correctamente, y estimó la suspensión del término hasta la resolución de los impedimentos y recusaciones.
Finalmente, el tribunal adujó que no debía decretarse la suspensión provisional del P.O.T., puesto que no se logró probar la suspensión del plazo, por el trámite de impedimentos y recusaciones.
Consejo de Estado se pronuncia sobre extinción de los derechos de privado sobre pozo petrolífero
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El Consejo de Estado se pronunció sobre nulidad y restablecimiento de derecho con el propósito de que anularan actos administrativos, que negaban el reconocimiento del subsuelo petrolífero de una propiedad privada. Pues, según el demandante, hubo falsa motivación, pues malinterpretaron los requisitos exigidos para la titularidad del subsuelo.
Así las cosas, el Consejo de Estado preciso, que en el predio no hubo labores de exploración o explotación del poso al ser abandonado, es por ello que el subsuelo pasaría al dominio del Estado, por virtud del interés general y la función social de la propiedad. Para extinguirlo se aplicó lo consagrado en el artículo 29 del actual Código de Minas, expresó el Consejo de Estado. Así mismo, se adujó que no es necesario recurrir a la analogía para garantizar la función social de la propiedad sobre este tipo de recursos no renovables y evitar que de manera injustificada se retengan áreas en las cuales el Estado podría estar adelantando actividades de exploración.
Doctrina
Publicado estudio sobre cobertura del programa de subsidios al consumo de GLP distribuido en cilindros
UPME
VALJER ENERGY SAS dio a conocer el estudio sobre la cobertura del programa de subsidios al consumo de GLP distribuido en cilindros, analizando los municipios del país que no cuentan con redes de gas combustible y donde no sea técnica o económicamente viable suministrar gas combustible por redes, en coherencia con el análisis de sustitución de leña y otros combustibles.