Aduanas y Comercio Internacional
Oportunidad para hidrocarburos: Gobierno expide Decreto para declaratoria de Zonas Francas Offshore
El pasado 23 de diciembre el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidió el Decreto 2682 que permite la declaratoria de zonas francas costa afuera en Colombia. El Decreto responde a la necesidad de aumentar las reservas de hidrocarburos y disminuir los altos costos de exploración. Desarrollar proyectos de explotación y exploración bajo la modalidad de zona franca permite aumentar la competitividad del sector de hidrocarburos colombiano.
El documento establece que cualquier área no continental del territorio nacional podrá declararse como zona franca. El modelo de zonas francas off shore o costa afuera circunscribe el área a ser declarada a aquella sujeta y concesionada en virtud a los contratos suscritos entre la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) y el operador. Adicionalmente, permite la inclusión de áreas insulares o continentales para que terceros o el operador desarrollen actividades de logística, compresión, transformación, licuefacción de gas y las directamente relacionadas con el sector de hidrocarburos costa afuera bajo el régimen de zona franca. El Decreto establece la obligación de realizar una inversión por un monto igual o superior a 150 salarios mínimos mensuales vigentes, es decir aproximadamente $92.400 millones de pesos colombianos (USD$38,500), además de crear y mantener, por lo menos 30 nuevos empleos directos.
Así, el Gobierno crea la modalidad de zonas francas permanentes dedicadas exclusivamente a las actividades de evaluación técnica, exploración y producción de hidrocarburos costa afuera. Con el Decreto se facilita integrar la cadena logística, con miras a atraer nuevas inversiones y competitividad para el sector, entrelazando no sólo las operaciones marítimas sino aquellas propias del negocio que por sus características son desarrolladas en tierra firme.
Con esta nueva modalidad los interesados podrán beneficiarse de los incentivos tributarios propios de las Zonas Francas colombianas, obteniendo importantes ahorros en términos fiscales. Entre estos están: tarifa especial de impuesto de renta (15%) más la tarifa de CREE correspondiente; no causación ni pago de tributos aduaneros (IVA y ARANCEL) para las mercancías que se introduzcan a la zona franca desde el exterior; exención de IVA para materias primas, insumos y bienes terminados adquiridos en el territorio aduanero nacional; exportaciones susceptibles de beneficiarse de los acuerdos comerciales internacionales celebrados por Colombia; posibilidad de realizar procesamientos parciales por fuera de la Zona Franca hasta por 9 meses; y, posibilidad de vender al territorio nacional los servicios o bienes sin cuotas ni restricciones, previa nacionalización de la mercancía y pago de los tributos correspondientes.
El Equipo de Aduanas y Comercio Internacional de B&U con gusto brindará mayor información sobre esta nueva modalidad de zonas francas en Colombia.