Modificaciones para la gestión integral de Residuos de Construcción

La Resolución expedida por el MADS tiene por objeto ampliar los mecanismos para la promoción efectiva del aprovechamiento de los RCD bajo un enfoque de economía circular, mediante la definición de metas respecto de la responsabilidad de los generadores por el manejo y disposición de los RCD. 

La Resolución modifica las definiciones de almacenamiento y gran generador contenidas en la Resolución 0472 de 2017 y adiciona las definiciones de tercero receptor y simbiosis industrial. También introduce una diferenciación en las obligaciones para los generadores de RCD, estableciendo unas para los grandes generadores y otras para los pequeños generadores. Así mismo, la norma contempla que no solamente se puede realizar el aprovechamiento de RCD por medio de plantas fijas o móviles, sino a través de un receptor quien debe contar con un sitio de almacenamiento para hacer la debida separación. Y, entre otras cosas, se modifican las metas de aprovechamiento de RCD, pues establece que los grandes generadores deberán aprovechar efectivamente un porcentaje en peso del total de los RCD generados en la obra, conforme a la categoría del municipio donde esta se localice; e introduce nuevos tiempos para formular, implementar y mantener actualizado el Programa de Manejo Ambiental de RCD.

Finalmente, La norma enfatiza en que también efectúan modificaciones a los anexos, con el fin de garantizar la correcta aplicación de la Resolución.

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