Boletín Minería, O&G | 21 de marzo 2024

Doctrina

Publicado el Plan de Acción Nacional sobre Mercurio en la Minería Artesanal y de Pequeña Escala

Ministerio de Minas y Energía  Ver documento

El Ministerio de Minas y Energía presenta el "Plan de Acción Nacional sobre Mercurio en la Minería Artesanal y de Pequeña Escala" (PAN), una iniciativa lanzada que tiene como objetivo abordar la problemática asociada al uso de mercurio en la minería de oro, específicamente en la Minería Artesanal y de Pequeña Escala (MAPE). Este tipo de minería se caracteriza por una baja tecnificación, mano de obra intensiva y márgenes de producción reducidos. La implementación del PAN busca coordinar esfuerzos interinstitucionales para abordar aspectos como el comercio ilegal de mercurio, sus efectos ambientales, de salud y sociales.

Colombia ha avanzado en la generación y aplicación del conocimiento sobre aspectos técnicos, económicos, ambientales, culturales y de salud relacionados con la MAPE de oro, permitiendo la formalización y modernización de estas actividades sin el uso de mercurio. El PAN busca contrarrestar el aumento de la actividad minera de oro en las últimas dos décadas, que ha llevado a una proliferación del uso de mercurio en los procesos de beneficio del mineral. Se destaca la importancia de reducir la exposición humana y ambiental al mercurio, cuyos efectos a largo plazo en la salud, como la degeneración neurológica y renal, son especialmente perjudiciales para poblaciones vulnerables. El artículo también proporciona una definición detallada de la minería artesanal y de pequeña escala, resaltando su predominancia en zonas rurales de países en desarrollo y sus desafíos regulatorios a nivel global.

Tomado de MinEnergía. (12/03/24).

 


 

Proyectos

Durante la anualidad 2024-2025, ¿Cuáles serán los precios base para la liquidación de las regalías de minerales no metálicos?

UPME  Ver documento

La UPME pretende determinar los precios base para la liquidación de las regalías de minerales no metálicos, para la anualidad 2023-2024. Sin perder de vista que los precios que se establezcan no pueden ser referentes para transacciones de mercado entre particulares. Cabe resaltar que se exceptúan los precios determinados en los contratos vigentes a la fecha de la promulgación de la Ley 141 del 1994.

En caso de que exista explotación de otros minerales para los cuales no se haya definido precio base, a UPME de oficio o a solicitud de parte, procederá a fijar los precios base en boca de mina para la liquidación de las regalías correspondientes.

Comentarios hasta el 23 de marzo al correo proyectosnormativos@upme.gov.co en el siguiente formulario.

 


 

En comentarios precios base para regalías de carbón en el primer trimestre de 2024

UPME  Ver documento

El proyecto de resolución publicado por la UPME propone los precios base para la liquidación de regalías de carbón aplicables al segundo trimestre de 2024 en Colombia. El artículo primero establece los precios base en boca de mina para diferentes tipos de carbón, diferenciando entre carbón térmico de consumo interno, carbón metalúrgico de consumo interno, y carbón antracita de consumo interno. También especifica precios para carbón de exportación en diversas zonas productoras. Se destaca que las regalías deben pagarse tanto para el mineral principal como para los secundarios. El artículo segundo establece una excepción para la aplicación de los precios base, excluyendo a los precios determinados en contratos vigentes a la fecha de la promulgación de la Ley 141 de 1994.

Así mismo, menciona que el soporte técnico de la resolución, contenido en el Anexo 1, es parte integral de la misma. El artículo cuarto indica que la resolución aplica para la liquidación de los minerales relacionados que sean explotados entre el primero (1º) de abril y el treinta (30) de junio de 2024. Finalmente, el artículo quinto establece la obligación de publicar la resolución en el Diario Oficial y en la página web de la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME.

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Proyecto de decreto busca flexibilizar comercialización de gas en eventos de baja hidrología

Ministerio de Minas y Energía  Ver documento

El proyecto de decreto publicado por el Ministerio de Minas y Energía propone modificaciones al Decreto 1073 de 2015, específicamente en relación con la disponibilidad de gas natural destinado a la demanda de gas eléctrica durante eventos de baja hidrología. La modificación incluye la adición de un numeral y dos parágrafos al artículo mencionado. El numeral 4 propuesto establece que los mecanismos y procedimientos de comercialización de la Producción Total Disponible para la Venta (PTDV) y la Cantidad Importada Disponible para la Venta (CIDV) no se aplicarán a la comercialización de gas con destino a la demanda de gas natural eléctrica durante periodos de baja hidrología, determinados por el Ministerio de Minas y Energía.

Los dos parágrafos adicionados aclaran que los agentes que participen en estas actividades podrán definir las condiciones de comercialización del gas, pero estarán sujetos a las modalidades de contratos de suministro establecidas en la regulación. Además, se destaca la posibilidad de que estos agentes apliquen los mecanismos y procedimientos de comercialización establecidos por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG). Asimismo, se introduce la condición de que el gas obtenido mediante el mecanismo mencionado no podrá ser comercializado a un precio superior al acordado inicialmente.

Comentarios hasta el 23 de marzo al correo pciudadana@minenergia.gov.co.

 


 

UPME propone nuevos precios base para regalías de minerales en el segundo trimestre de 2024

UPME  Ver documento

El proyecto de resolución dado a conocer por la UPME aborda la determinación de precios base para la liquidación de regalías de piedras y metales preciosos, así como minerales de hierro, minerales metálicos y concentrados polimetálicos, aplicables al primer trimestre de 2024 en Colombia. Establece distintos precios base para diversas categorías de minerales, especificando unidades de medida y propuestas de precios en pesos colombianos. Además, destaca la obligación de cancelar las regalías tanto para el mineral principal como para los secundarios.

En el ámbito de las piedras preciosas, como esmeraldas, el proyecto establece el precio base para la liquidación de regalías basándose en el valor declarado por el exportador en pesos, sin aplicar descuentos adicionales. Asimismo, para los metales preciosos, se rige por las disposiciones de la Ley 756 de 2002, determinando el precio base a partir del ochenta por ciento (80%) del precio internacional promedio del último mes, según lo certificado por el Banco de la República. Se establece una excepción para los precios determinados en contratos vigentes a la fecha de la promulgación de la Ley 141 de 1994. El proyecto abarca un periodo de aplicación desde el primero de enero hasta el treinta y uno de marzo de 2024 y requiere su publicación en el Diario Oficial y la página web de la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME.

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Precio base para la liquidación de regalías de Níquel en comentarios

UPME  Ver documento

La UPME dio a conocer un proyecto de resolución que establece el precio base para la liquidación de regalías de níquel aplicable al primer trimestre de 2024 en el país. En primera medida, especifica que el precio base para la liquidación de regalías de níquel durante este período es de veintiocho mil quinientos setenta y tres pesos con sesenta y ocho centavos por libra ($24.135,63/LB).

En segunda medida, menciona que el soporte técnico de la resolución, detallado en el Anexo No. 1, es parte integral de la misma. Así mismo, establece que la resolución aplica para la liquidación de los minerales relacionados, explotados entre el primero (1º) de enero y el treinta y uno (31) de marzo de 2024. Por última medida, indica que la resolución debe ser publicada en el Diario Oficial y en la página web de la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME.

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Noticias

Superservicios confirmó multa a Roscogas S.A. E.S.P.

Superservicios

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios ratificó una multa de $596.573.600 impuesta a Roscogas S.A. E.S.P. debido a su incumplimiento en la regulación del servicio público domiciliario de gas licuado de petróleo (GLP). Los motivos de esta sanción incluyen la circulación de cilindros universales de GLP, contraviniendo la Resolución 164 de 2014 emitida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), en eventos ocurridos en mayo y julio de 2023.

Además, durante inspecciones realizadas en diciembre de 2020, se encontraron cilindros de GLP pertenecientes a otra empresa, sin justificación alguna. También se constató la falta de identificación de dos vehículos repartidores de Roscogas en mayo y julio de 2020. En octubre de 2020, la empresa no aplicó correctamente la fórmula tarifaria establecida para el servicio de GLP, lo que constituyó otra infracción. La sanción a Roscogas fue confirmada mediante la Resolución SSPD No. 20242400077785, emitida el 26 de febrero de 2024, luego de que la empresa interpusiera un recurso de reposición.

 


 

DANE anunció que exportaciones colombianas aumentaron un 1,3% en enero de 2024

Presidencia de la República

Durante el primer mes de 2024, las exportaciones colombianas mostraron un crecimiento del 1,3% en comparación con enero de 2023, según informó el DANE. Los sectores agropecuarios, alimentos y bebidas fueron los principales impulsores de este incremento, registrando un aumento del 9,1% en las ventas al exterior. Además, las exportaciones de petróleo crudo experimentaron un aumento del 22,6% en comparación con el mismo período del año anterior.

El DANE reportó que durante enero de 2024, las exportaciones de petróleo crudo representaron una parte significativa del total de las exportaciones FOB, mientras que el grupo agropecuario y de alimentos contribuyó con un porcentaje considerable. Estados Unidos se destacó como el principal destino de las exportaciones colombianas en este período, seguido por China, India y otros países de la región. 

Tomado de Presidencia de la República. (04/03/2024).

 


 

Mincomercio radicó proyecto de ley para la reactivación empresarial de las Salinas Marítimas de Manaure

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo MINCIT

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo presentó ante el Congreso de la República un proyecto de Ley dirigido a revitalizar las Salinas Marítimas de Manaure, La Guajira. El objetivo principal de esta iniciativa es impulsar la reorganización de SAMA, capitalizando acreencias, reduciendo pasivos y estableciendo pactos de deuda sostenible. La propuesta busca revertir la situación socioeconómica del departamento y proteger el patrimonio de las comunidades de Manaure, generando empleo y beneficios económicos para la región.

El proyecto de Ley ha sido elaborado en consulta con las comunidades locales, siendo presentado en reuniones de socialización con líderes regionales y congresistas de las comisiones cuartas de Senado y Cámara. Se plantea la aplicación de mecanismos contemplados en la Ley 1116, facilitando a Salinas de Manaure iniciar un proceso de reorganización, además de permitir la capitalización de pasivos y la implementación de pactos de deuda sostenible. El proyecto de ley incluye medidas para el fortalecimiento patrimonial de las Salinas, permitiendo al Gobierno nacional capitalizar la empresa mediante diversas modalidades, como aporte en dinero o en especie. La propuesta se diferencia de la Ley 550 de 1999, ya que mientras esta última dificulta la reorganización de la unidad productiva, el proyecto en cuestión propone la reestructuración de pasivos bajo las condiciones de la Ley 1116. 

 


 

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