4 de junio de 2020
Autorizada disminución de anticipo del impuesto sobre renta para 2020

En el marco de la emergencia sanitaria generada por el COVID-19 y debido a la disminución general en rentas percibidas por la mayoría de los residentes fiscales colombianos, el Gobierno Nacional redujo el valor a pagar por concepto de anticipo del impuesto sobre la renta para el año gravable 2020.

De esta manera, el Decreto 766 del 29 de mayo de 2020 estableció que los contribuyentes beneficiados con las medidas serán aquellos cuyas actividades económicas sean de la división 4.0 de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU). 

En ese orden de ideas, para las actividades que se enmarcan en los siguientes códigos de la división CIIU 4.0 el porcentaje al que se reduce el anticipo es del 25%: 06, 08, 09, 12, 13, 14, 15, 16, 19, 23, 24, 25, 26, 29, 30, 21, 33, 41, 42, 45, 45, 59, 271, 273, 275, 321, 324, 475, 742, 772, 823, 952.

Por su parte, para las actividades que se enmarcan en los siguientes códigos de la división CIIU 4.0 el porcentaje al que se reduce el anticipo es del 0%: 51, 55, 56, 79, 90, 91, 92, 93

Ver texto completo del Decreto 766 de 2020.


 

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