El Congreso profirió la Ley 1955 de 2019, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, la cual derogó la Ley 1753 de 2015 que establecía la obligación de los contratantes de retener y pagar la cotización de los contratistas al Sistema de Seguridad Social.

NewsFlash PND Seguridad Social

El 25 de mayo de 2019 el Congreso profirió la Ley 1955, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, la cual derogó el artículo 135 de la Ley 1753 de 2015 (anterior Plan Nacional de Desarrollo) y que derogó parcialmente el Decreto 1273 de 2018 que regulaba las contribuciones a la seguridad social de los contratistas independientes. El artículo 135 de la Ley 1753 de 2015 estableció que los contratantes públicos y privados debían retener y pagar las contribuciones al Sistema Integral de Seguridad Social (“SISS”) de los contratistas independientes.

La Ley 1753 fue reglamentada por el Decreto 1273 de 2018 el cual (i) estableció el pago mes vencido de las contribuciones al SISS de los contratistas independientes a partir de octubre de 2018 y (ii) fijó las reglas relacionadas con la retención y pago por parte del contratante de las contribuciones al SISS de los contratistas con contratos de prestación de servicios personales relacionados con las funciones de la entidad contratante a partir de junio de 2019. 

Debido a la expedición de la Ley 1955 de 2019, la obligación de los contratantes de retener y pagar las contribuciones al SISS de los contratistas no está vigente y no produce efectos. Como consecuencia, los contratantes únicamente deberán solicitar a sus contratistas la evidencia de su cumplimiento en el completo y oportuno pago de las contribuciones al SISS. El pago mes vencido de las contribuciones al SISS de los contratistas independientes no fue modificado por esta ley, por lo tanto, todavía está en vigor.

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