10 de junio 2021
Decreto 579 de 2021

A partir del 1 de junio de 2021, para efectos de la inscripción en el Registro Único de Proponentes (RUP), el interesado reportará la información contable correspondiente a los últimos tres (3) años fiscales. 

Si el proponente no tiene los 3 años de antigüedad podrá acreditar dicha información desde su primer cierre fiscal. 

Para efectos de la inscripción o renovación del Registro Único de Proponentes del año 2022, el interesado reportará la información de los últimos tres (3) años fiscales. 

A partir del 1 de julio de 2021, las cámaras de comercio certificarán esta información. También, a partir de esta fecha, las Entidades Estatales establecerán y evaluarán los requisitos habilitantes de capacidad financiera y organizacional teniendo en cuenta la información que conste en el Registro Único de Proponentes. En todo caso, se establecerán indicadores proporcionales al procedimiento de contratación.
 

 

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