El Gobierno Nacional expidió el Decreto 1297 de 2019, por el cual ordenó la publicación del proyecto de Acto Legislativo que pretende modificar el artículo 361 de la Constitución Política en relación con el Régimen de Regalías.

Avanza el Acto Legislativo para modificar el Sistema de Regalías

El Gobierno Nacional expidió el Decreto 1297 de 2019, por el cual ordenó la publicación del proyecto de Acto Legislativo que pretende modificar el artículo 361 de la Constitución Política en relación con el Régimen de Regalías (el “Proyecto”).


Actualmente, las regalías se distribuyen en partes iguales entre todos los departamentos y municipios del país y se destinan a diversos fondos con el propósito de estimular la ciencia, tecnología e innovación y el ahorro público, entre otros. 


Con la enmienda propuesta por el Proyecto, la distribución de las regalías cambiará drásticamente como se indica a continuación: 

  • El 34% para los proyectos de inversión regional de las entidades territoriales, priorizados con base en criterios de necesidades básicas insatisfechas, población y desempleo.
  • El 20% se destinará a los departamentos y municipios en cuyo territorio se adelante la explotación de recursos naturales no renovables, así como para municipios con puertos por donde se transporten dichos recursos o sus productos derivados.  Además, los municipios en donde se exploten recursos naturales no renovables tendrán una participación adicional del 5%.
  • El 15% para los municipios más pobres del país, priorizados con base en criterios de necesidades básicas insatisfechas. 
  • El 10% para la inversión en ciencia, tecnología e innovación.
  • El 3% para el funcionamiento, la operatividad y administración del sistema de regalía, para la fiscalización de la exploración y explotación de los yacimientos, el conocimiento y la cartografía geológica del subsuelo, la evaluación y el monitoreo del licenciamiento ambiental de los proyectos de exploración y explotación de los recursos naturales no renovables, entre otros. 
  • El 1% para la conservación de los ecosistemas estratégicos, parques nacionales y fuentes hídricas, y la lucha nacional contra la deforestación.
  • El restante 17% se destinará al ahorro para el pasivo pensional y para la estabilización de la inversión.

Adicionalmente, el parágrafo transitorio 2 del Proyecto señala que el Gobierno Nacional contará con un plazo máximo de seis (6) meses, contados a partir de la promulgación del Acto Legislativo, para radicar ante el Congreso el proyecto de ley que ajuste el Sistema General de Regalías al nuevo texto del artículo 361. 


Habiendo culminado esta primera ronda de debates ante el Congreso, el Proyecto deberá surtir una segunda ronda de cuatro debates en donde deberá ser aprobado por mayoría absoluta en Senado y Cámara. Esta segunda ronda de debates debe terminar antes del 16 de diciembre de 2019, fecha en la cual culmina el periodo ordinario de sesiones del Congreso.
 

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