24 de junio de 2020
Protocolos de bioseguridad para sector inmobiliario y remodelaciones

El Ministerio de Salud y Protección Social profirió las Resoluciones 890 y 898 de 2020, a través de las cuales adopta los protocolos específicos de bioseguridad para el manejo y control del riesgo del COVID-19 para el sector inmobiliario, de la construcción y para la ejecución de obras de remodelación.

Estos protocolos son complementarios al protocolo general de bioseguridad adoptado mediante la Resolución 666 de 2020. 

En el caso del sector inmobiliario (R. 890), el protocolo de bioseguridad es además complementario a las medidas que los responsables de cada actividad consideren necesarias. 

El protocolo de bioseguridad adoptado para este sector incluye las siguientes medidas: 

1. Medidas generales de bioseguridad establecidas en la Resolución 666 de 2020
2. Actividades inmobiliarias – División CIIU 68
2.1. Medidas locativas en espacios de trabajo
2.2. Capital humano
2.3. Plan de comunicaciones
2.4. Prevención y manejo de situaciones de riesgo 
2.5. Arrendamientos y corretaje
2.6. Avalúos
3. Administración de propiedad horizontal
3.1. Medidas para la recepción de copropiedades
3.2. Medidas al interior de la propiedad horizontal
3.3. Restricción en uso de zonas comunes
3.4. Mantenimientos
3.5. Visitas de supervisión del administrador
3.6. Manejo de proveedores y contratistas
3.7. Protocolos de mudanzas

La vigilancia del cumplimiento de este protocolo está a cargo de la secretaría o entidad municipal o distrital que corresponda a la actividad económica desarrollada. Lo anterior, sin perjuicio de la vigilancia que sobre el cumplimiento de las obligaciones de los empleadores realice el Ministerio del Trabajo u otra autoridad en ejercicio de sus funciones.

En el caso de las obras de remodelación (R. 898), el protocolo de bioseguridad adoptado para este sector incluye las siguientes medidas: 

  1. Medidas generales de bioseguridad establecidas en la Resolución 666 de 2020
  2. Medidas generales para el sector de construcción en hogares e instituciones habitadas y para las mejoras o remodelaciones
  3. Medidas en las etapas de una obra de remodelación
  4. Medidas particulares para las personas que interactúan en una remodelación
  5. Medidas según la jornada laboral
  6. Plan de comunicaciones
  7. Prevención y manejo de situaciones de contagio

La vigilancia del cumplimiento de este protocolo está a cargo de la secretaría o entidad municipal o distrital que corresponda a esta actividad económica, del municipio o distrito en donde funciona cada empresa. Lo anterior, sin perjuicio de la vigilancia que sobre el cumplimiento de las obligaciones de los empleadores realice el Ministerio del Trabajo u otra autoridad en ejercicio de sus funciones.

Ver texto completo Resolución 890 de 2020 y la Resolución 898 de 2020


 

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