Boletín Aduanas y Comercio Internacional

Cumplimiento a los compromisos arancelarios

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DE COLOMBIA - MINCITVer documento

Cumplimiento a los compromisos arancelarios adquiridos en el TLC entre Colombia y Costa Rica. Dando alcance a la Decisión 11 del 30 de noviembre del 2017 de la Comisión de Libre Comercio del Tratado de Libre Comercio entre la República de Colombia y la República de Costa Rica, mediante el Decreto 1089 del 2018 se modificó el Decreto 1231 del 2016, con el fin de dar cumplimiento a los compromisos arancelarios adquiridos por Colombia con Costa Rica en virtud del TLC entre estos dos países. 

 


 

Modulo autorización reposición de materias primas e insumos

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DE COLOMBIA - MINCIT - Ver documento

A partir del 9 de julio se implementa en la Ventanilla Única de Comercio Exterior - VUCE el modulo para solicitud de autorización de reposición de materias primas e insumos. Se informa que con el fin facilitar el trámite a los interesados en la solicitud de autorización de Reposición de Materias Primas e Insumos, a partir del 9 de julio de 2018 se implementará un nuevo módulo en la Ventanilla Única de Comercio Exterior - VUCE, para la presentación de la solicitud antes mencionada.

En el evento de presentarse dificultades en el uso de la herramienta tecnológica que impidan continuar con el normal proceso de radicación de la documentación, los usuarios deberán informarlo al correo electrónico seiexp@mincit.gov.co.

En caso de ocurrir situaciones que impidan continuar con la presentación de la solicitud de autorización de reposición de materias primas e insumos, se establecerá la contingencia por parte de la Coordinación del Grupo de Sistemas Especiales de Importación - Exportación y Comercializadoras Internacionales.

 


 

Registro sanitario Invima para los productos fitoterapéuticos

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL - MINSALUD - Ver documento 

Los importadores y los exportadores de los productos fitoterapéuticos deben obtener el registro sanitario otorgado por el Invima. El Ministerio de Salud y Protección Social (MinSalud) reglamentó el régimen de registro sanitario para los productos fitoterapéuticos, incorporó nuevos referentes internacionales y simplificó el procedimiento para su renovación y modificación. Para efectos de la expedición del registro sanitario de los productos fitoterapéuticos, estos se clasificarán preparaciones farmacéuticas con base en plantas medicinales (PFM), producto fitoterapéutico de uso tradicional (PFT) y producto fitoterapéutico de uso tradicional importado (PFTI), los cuales requieren para su producción, importación, exportación, procesamiento, envase, empaque, expendio y comercialización, de registro sanitario expedido por el lnvima. El registro sanitario se otorgará para las modalidades fabricar y vender, que comprende la posibilidad de exportar; importar y vender, importar, acondicionar y vender y fabricar y exportar y tendrá una vigencia de 10 años. Estas disposiciones serán aplicables nueve meses después de su publicación.

 


 

Lineamientos para trámites en el módulo de importaciones de la VUCE

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DE COLOMBIA - MINCIT - Ver documento

El MinCIT modificó los lineamientos para adelantar los trámites en el módulo de importaciones de la VUCE. La Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) modificó la Circular 19 del 2015 que señaló los lineamientos para adelantar los trámites y servicios administrados por esta dirección. Como el módulo de importaciones del aplicativo VUCE fue modificado, se hizo necesario introducir cambios a los numerales 1. Importaciones, 1.1. Descripción de las mercancías, 1.4. Importaciones no reembolsables, 1.5. Vehículos y 1.8. Otros aspectos relacionados con las solicitudes de registro y licencia de importación.

 


 

Importaciones que acarrean responsabilidades y obligaciones

CONGRESO DE LA REPÚBLICA - Ver documento

La importación de dispositivos, productos o componentes, copias de las obras, interpretaciones o fonogramas acarreará para el importador responsabilidad civil, responsabilidad penal y la obligación de llevar a depósito legal estas creaciones. Fueron modificadas la Ley 23 de 1982 que protege los derechos de autor y conexos y la Ley 1032 del 2006 que modificó la Ley 599 del 2000 por la cual se expidió el Código Penal. Entre otros, los cambios introducidos permiten al autor de obras literarias y artísticas y al productor de fonogramas, autorizar o prohibir la importación de copias hechas sin su autorización; la importación de dispositivos, productos o componentes, copias de las obras, interpretaciones o fonogramas acarreará responsabilidad civil y responsabilidad penal así como la obligación para el importador de llevar a depósito legal estas creaciones. En lo relativo a la responsabilidad penal, las penas serán de prisión y multa. En los procesos sobre infracciones al derecho de autor, derechos conexos, elusión de medidas tecnológicas o supresión o alteración de cualquier información sobre la gestión de derechos, el juez puede ordenar que los materiales e implementos utilizados en la fabricación de estas mercancías sean destruidos y en ningún caso podrá permitir su exportación o sometimiento a otros procedimientos aduaneros.

 


 

Trámites administrados por la Dirección de Comercio Exterior

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DE COLOMBIA - MINCITVer documento

A través de la Circular 019 del 31 de julio del 2015, modificada parcialmente por las circulares 010 y 032 ambas del 2016, la Dirección de Comercio Exterior señaló los lineamientos para adelantar los trámites y servicios por ella administrados. Con ocasión del rediseño del módulo de importaciones del aplicativo Vuce y en aplicación de la política de racionalización de trámites, el Ministerio de Comercio efectuó recientemente modificaciones a los temas relacionados con: (i) importaciones, (ii) descripción de las mercancías, (iii) importaciones no reembolsables, (iv) vehículos y  otros aspectos relacionados con las solicitudes de registro y licencia de importación. Para conocer la norma puede consultar el archivo adjunto a esta nota.

 


 

Primer arreglo multilateral de reconocimiento mutuo

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES DE COLOMBIA - DIANVer documento

La Alianza del Pacífico firma el primer arreglo multilateral de reconocimiento mutuo. El 21 de julio, en el marco de la XIII Cumbre de la Alianza del Pacífico, la DIAN, formalizó el Arreglo Multilateral de Reconocimiento Mutuo en Materia del Operador Económico Autorizado, pionero en su tipo en la región de las Américas y el Caribe.
Este instrumento, representa una oportunidad para las empresas certificadas en Colombia al ser reconocidas como confiables ante las autoridades aduaneras de la región, toda vez que en América Latina y el Caribe, el bloque representa el 37% del PIB, concentra 52% del comercio total y atrae el 45% de la inversión extranjera directa.

 


 

Circular 026 de 2018

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DE COLOMBIA - MINCIT - Ver documento

Modificación circular 031 de 2017. Distribución y administración del contingente de exportación de azúcar sin refinar y panela de la Organización Mundial del Comercio (OMC) a Estados Unidos 2017 - 2018

 

 

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