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Impuestos

Modificaciones al régimen aplicable a los beneficiarios de la Ley 1429

Modificaciones al régimen aplicable a los beneficiarios de la Ley 1429

Por medio del Concepto No. 900479 del 1 de marzo de 2017, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales aclara los efectos de la derogatoria del artículo 4 de la Ley 1429 de 2010, por parte del numeral 5 del artículo 376 de la Ley 1819 de 2016 (Reforma Tributaria).

En particular señala la Dirección de Impuestos Nacionales en su doctrina, entre otros, que a partir del 1 de enero del año 2017, las pequeñas empresas beneficiarias de la Ley 1429 estarán:

  1. Sujetas a retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta sobre los pagos o abonos en cuenta que les efectúen terceros agentes de retención de este impuesto. 
  2. Sujetas a la autorretención en la fuente a título del impuesto sobre la renta y complementario de que trata el Decreto 2201 de 2016.
  3. Obligadas a determinar el impuesto a cargo sobre el mayor entre la base gravable determinada por el sistema ordinario y aquella resultante de aplicar el sistema de renta presuntiva.

Esta posición de la autoridad tributaria, seguramente generará diversas discusiones y posiciones alrededor del tema de las situaciones jurídicas consolidadas y los derechos adquiridos.

 

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