Mediante el Decreto 380 del 16 de marzo de 2022, el Ministerio de Defensa Nacional adicionó un nuevo capítulo al Decreto 1070 de 2015, “Decreto Único reglamentario del Sector Administrativo de Defensa”, para reglamentar el aseguramiento de la responsabilidad de propietarios y/o tenedores de “caninos de manejo especial”.
Los siguientes son los puntos más relevantes del decreto:
- Los propietarios y/o tenedores de caninos considerados de manejo especial deberán contratar un seguro de responsabilidad civil extracontractual con una aseguradora legalmente autorizada para operar en el país.
- La cobertura del seguro se circunscribirá a amparar la responsabilidad civil extracontractual del propietario y/o tenedor del canino por los perjuicios patrimoniales y extrapatrimoniales que cause a terceros como consecuencia de la propiedad y/o tenencia de dicho canino y que se concreten en la lesión, muerte de personas o daños a los bienes de estos.
- Cuando el propietario del canino sea un menor de edad, el tomador del seguro deberá ser su representante legal.
- El valor asegurado del seguro no podrá ser inferior a cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales vigentes por canino, valor que equivaldrá a la máxima responsabilidad del asegurador y que podrá agotarse en uno o más eventos que ocurran durante su vigencia.
- El seguro deberá mantenerse vigente durante toda la vida del canino, sin perjuicio de que se expida por vigencias anuales.
- Toda cesión del derecho de propiedad sobre el canino clasificado como de manejo especial deberá notificarse a la aseguradora que haya expedido el seguro para efectos de lo contemplado en el artículo 1107 del Código de Comercio, respecto de la desaparición del interés asegurable.
- Se establece un deber en cabeza de las aseguradoras de enviar mensualmente un reporte a través del Registro Único de Seguros (RUS), para informar la vigencia de los seguros de que trata el decreto.
- Los propietarios y/o tenedores de caninos de manejo especial, dispondrán de seis (6) meses, a partir de la entrada en vigencia del decreto, para contratar el seguro de responsabilidad civil extracontractual.
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