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Cambiario, Derivados y Productos Estructurados 

La Unidad de Planeación Minero Energética dio a conocer las convocatorias del Sistema de Transmisión Nacional y Regional

Los plazos para la transmisión del formulario n.° 15 “Conciliación patrimonial – empresas y sucursales del régimen general” para la actualización de la inversión extranjera han cambiado: 

La Circular Reglamentaria Externa DCIN-83 de 2011 establece el régimen aplicable de cambios internacionales para cualquier empresa que reciba o realice inversiones internacionales. En ese sentido, las empresas que con corte a 31 de diciembre de cada ejercicio social tengan la condición de receptoras de inversión extranjera, siempre que la inversión se encuentre registrada en el Banco de la República, incluidas las sucursales de sociedades extranjeras del régimen general, y que no tengan la obligación de presentar sus estados financieros a la Superintendencia de Sociedades, están obligadas a reportar la información sobre su composición de capital y ciertas cuentas patrimoniales a través del Formulario No. 15 “Conciliación patrimonial - empresas y sucursales del régimen general,” al Departamento de Cambios Internacionales del Banco de la República. 

Mediante Boletín No. 13 del 07 de abril de 2017, el Banco de la República modificó los plazos para presentar el mencionado Formulario n.° 15. En este se indica que los usuarios de inversiones internacionales podrán transmitir electrónicamente la información correspondiente al “Informe de conciliación patrimonial - empresas y sucursales régimen general”, para lo cual aplicarán los siguientes plazos:

• Para las empresas receptoras de inversión extranjera cuyos números de NIT (sin tener en cuenta el dígito de verificación) terminen en número par, el plazo vencerá el 15 de julio de cada anualidad. 

• Para las empresas receptoras de inversión extranjera cuyos números de NIT (sin tener en cuenta el dígito de verificación) terminen en número impar, el plazo vencerá el 15 de agosto de cada anualidad.

Los mismos plazos aplican para el “Informe de conciliación patrimonial de sociedades con acciones inscritas en una bolsa de valores” que deben presentar las sociedades que tienen inscritas sus acciones en una bolsa de valores.

Los plazos para presentar los formularios n.° 13 (Sucursales de sociedades extranjeras sujetas el régimen cambiario especial) no fueron modificados.

Toda la información aquí descrita deberá transmitirse electrónicamente, en días hábiles de 7:00 a.m. a 8:00 p.m. En un mismo 1 día se podrán transmitir tantos formularios electrónicos como se requiera. 

Cuando el plazo para la transmisión de la información venza en un día no hábil se extenderá hasta el día hábil siguiente. En caso de no suministrar la información dentro de los plazos mencionados, el BR informará a las entidades de control y vigilancia correspondientes. 

 
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